Las tarifas del Consulado han de ser abonadas a través de transferencia bancaria.




Edicto o Proclama de Matrimonio

El Edicto o Proclama de Matrimonio es el documento oficial donde consta que un ciudadano ha manifestado la intención de casarse con otro ciudadano. Según la Ley, este documento debe ser publicado en el Consulado en dos períodos sucesivos de 8 días naturales cada uno, a fin de que cualquier ciudadano pueda manifestar oposición a dicha intención de matrimonio. Una vez que un dominicano haya publicado un edicto, si luego cambiara de contrayente deberá publicar otro edicto y sólo podrá hacerlo habiendo transcurrido seis meses a partir de la publicación del edicto anterior.